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    Comunicados

    Fabra i Coats: el no futuro otra vez

    15 noviembre 2024 | Comunicado conjunto de l'Associació Catalana de Crítica d’Art (ACCA) y la Plataforma Assembleària d’Artistes de Catalunya (PAAC) frente al nuevo concurso de dirección del Centre d'Art Contemporani de la Fabra i Coats

    La Asociación Catalana de Crítica de Arte (ACCA) y la Plataforma Asamblearia de Artistas de Catalunya (PAAC) mostramos nuestra oposición a las bases del concurso tal y como están establecidas ya que no garantizan unas condiciones laborales justas.

    El Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB) ha abierto la convocatoria para el concurso de dirección del Centro de Arte Contemporáneo "Fabra i Coats" (CAC). Hemos analizado dichas bases con el a través del Código de Buenas Prácticas para Concursos de Dirección y hemos detectado que incurren en 15 faltas, algunas muy graves y otras de carácter leve. Por esta razón nos hemos dirigido al ICUB para comunicarles que no apoyamos el concurso y pedimos que lo solucionen.

    Las razones principales de nuestra oposición son dos: el tipo de contrato y la falta de garantías.

    Tipo de contrato

    No podemos suscribir una convocatoria para un concurso de dirección artística de dos años que no contempla una prórroga, imposibilitando trabajar a medio y largo plazo. Creemos que los ayuntamientos tienen opciones, modelos de contratación y recursos suficientes para ofrecer mejores condiciones de contratación que los que se ofrecen desde el Ayuntamiento de Barcelona, ​​práctica que sí hacen otros centros territoriales. Además, la precariedad de la dirección del CAC —tal y como se plantea en las bases— se suma a las de los otros dos centros de arte contemporáneo dependientes del Ayuntamiento de Barcelona (La Virreina y La Capella), las direcciones de las que —insistimos— se basan en contrataciones externas que fomentan la precariedad (trabajadores autónomos).

    Fallo de garantías

    En los recursos
    Creemos, además, que el medio y largo plazo se asegura garantizando y explicitando los medios con los que se contarán y en las bases ni se especifica el último presupuesto cerrado del CAC, ni tampoco con qué equipo contará la futura dirección artística: sólo se concreta que se delegará la producción y difusión en el MACBA, mientras que el mantenimiento, la atención al público y la coordinación con la Fábrica y el distrito correrá a cargo del ICUB. Si se pretende cumplir con las funciones incluidas en la descripción funcional del puesto de trabajo (entre ellas, el despliegue de programas de coordinación territorial en el área metropolitana), es necesario concretar y garantizar qué recursos se destinarán a ello para hacerlo posible.

    A nivel de asignación de funciones
    Creemos que en las bases no queda clara cuál es la relación entre el CAC y el MACBA; ni cuál será la vinculación del CAC con el resto de los centros de artes que forman parte del Sistema Público de Equipamientos de Artes Visuales (SPEAV). Esta falta de clarificación a nivel de organigrama y grado de independencia real impide trabajar con un horizonte y objetivos claros.

    Del proceso de selección

    • El baremo de valoración numérica que se utilizará a lo largo de toda la convocatoria. Su ausencia (sólo se concreta la puntuación de la fase 1 —20 puntos— pero sin enumerar los criterios), fomenta la arbitrariedad y la inseguridad en cuanto a legitimidad del resultado. El baremo debería evitar que los perfiles en cargos similares partan con una ventaja imposible de superar por otros candidatos que hayan trabajado por cuenta propia y que el proyecto tenga un peso determinante.
    • El tiempo de exposición pública de la convocatoria (20 días) y el tiempo de realización de proyectos por los finalistas (10 días) es insuficiente y carente de sentido profesional. Los proyectos finalistas deberían ser remunerados.
    • Se desconocen los miembros del jurado (y sus suplentes) y tampoco se especifica cuándo se anunciarán. Por tanto no sabemos si tienen capacidad, si hace un mínimo de 2 años que no han formado parte de ningún jurado, ni tampoco si será un trabajo remunerado. Tampoco sabemos, una vez se seleccionen los finalistas (a raíz de la máxima puntuación obtenida por la valoración de los méritos alegados) qué protocolo de sustitución está previsto por si aparece algún conflicto de interés con alguno de los miembros del jurado y los finalistas.
    • No se garantiza la confidencialidad: ni de la comisión hacia los candidatos, ni tampoco de los proyectos que se presenten para optar a la elección.
    • No se exige como requisito una licenciatura o grado en una especialidad vinculada al cargo (sólo como mérito alegado).
    • Es un puesto de trabajo por un equipamiento público (CAC), convocado por un ente público. No puede negarse la posibilidad del recurso administrativo y obligar a los posibles recurrentes a impugnar las bases sólo por la vía judicial.

    Finalmente, hemos reiterado en el ICUB nuestra disposición a seguir colaborando en el diseño del mejor concurso posible por el CAC, puesto que es un centro de arte de vital importancia tanto para la ciudad así como para el país.

    Firmado:


    ACCA y PAAC


    ANEXOS

    1. Bases del concurso para dirigir el CAC
    2. Código de Buenas Prácticas para los Concursos de Dirección